Saludos. Varios compañeros(as) nos han preguntado cual es el estado de derecho respecto al convenio colectivo en el Instituto de Cultura Puertorriqueña, ICP, Oficina del Procurador del Veterano, OPV y Oficina de Comunidades Especiales, OCE, todos centros representados por PROSOL UTIER, bajo la Ley 45-1998. En primer lugar, el convenio esta vigente en toda su extencion. La Ley 66-2014 extiende los convenios expirados bajo la Ley 45-1998, hasta el 30 de junio de 2017, en cuanto a lo no economico. Nuestros convenios no estan expirados, por lo tanto estan vigentes. Cuando expiren en el 2015, seran extendidos hasta el 2017 de existir esta nefasta ley. Respecto a ICP y OPV, hemos radicado una practica ilicita contra el patrono por negarse a negociar y asumir una posicion de mala fe. En el caso de OPV, estamos en medio de un proceso de mediacion ante OCALARH. En segundo lugar, la Ley 66-2014 dispone que para aplicar la ley en cuanto a prohibir aumentos de salarios, beneficios econo
Los empleados nombrados en la Oficina de Comunidades Especiales, OCE, bajo la propuesta de la Ley 52 desempeñamos tareas y funciones permanentes. Nuestros nombramientos son de Organizadores de la Comunidad, personal de oficina, administrativos y otras funciones relacionadas con los programas de desarrollo comunitario y desarrollo socio económico. Estamos ocupando puestos desde el año 2004 de manera continua. Cada año nos amenazan con terminar los contratos, sin embargo el empleo permanece. Cada año fiscal se aprueban los fondos y se extiende el nombramiento. Las funciones y deberes de nuestros puestos están ahí. Las necesidades de las comunidades y de la gente a quien servimos están ahí. Nuestro trabajo es tan necesario como el hecho de que asistimos, apoyamos o compartimos las tareas y obligaciones con el personal unionado de la OCE. Si nuestros puestos no se reconocieran el trabajo en las 742 Comunidades Especiales se afectaría por falta de recursos humanos. Es hora de detener la inc